miércoles, 13 de noviembre de 2013

de la EFICIENCIA ENERGÉTICA


OBJETIVO 20/20/20.
La Unión Europea firmó el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, donde nos comprometimos a reducir para 2020 las emisiones totales de gases de efecto invernadero un 20% respecto los niveles de 1990. A este compromiso se llama el objetivo 20/20/20.


En 2011, España fue denunciada por la CE al incumplir la norma de eficiencia energética en edificios. En España sólo realizaba el control de eficiencia en edificios de nueva construcción o con grandes reformas.
Según estudios realizados por la Unión Europea, el consumo de energía en los edificios residenciales y comerciales representa aproximadamente el 40% del consumo total de energía final y el 36% de las emisiones totales de CO2 de la Unión Europea.
En España hay 26 millones de viviendas aproximadamente y 15,6 millones (el 60%) se construyeron sin seguir ninguna norma para mejorar la eficiencia energética. (osea, antes la entrada en vigor del CTE).
Por tanto, se han tomado dos grandes medidas:
-   Obligar a certificar energéticamente los inmuebles que entren en el mercado de la compra-venta-alquiler, con propuestas de mejoras, (los edificios de nueva obra ya se estaban certificando).
-   Obligar a cumplir unas garantías en rendimiento energético en los edificios de nueva obra. Para ello, se acude a la normativa de obligado cumplimiento. En este caso, el Código Técnico de la Edificación (CTE).
Nuevo CTE a la vista
La ley de Ordenación de la Edificación, obliga al CTE  a ir modificándolo conforme a la evolución de la técnica y a la demanda de la sociedad. De hecho, desde su puesta en marcha en 2006, son múltiples las modificaciones que han tenido sus documentos básicos, entre ellos, el último este mes de Octubre, del presente 2013, el documento básico de Ahorro de Energía, DBHE, que atiende a la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la eficiencia energética de los edificios, que obliga a establecer y revisar periódicamente los requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios.
El nuevo DBHE, obliga a reducir la demanda de energía mediante un incremento de las medidas pasivas y en especial el aumento del aislamiento de las envolventes (fachadas y cubiertas) de los edificios. Estos cambios de carácter constructivo, se verán reflejados en unos índices virtuales, que son los límites de la eficiencia energética (de la A a la G). 
Los cambios de limites en la eficiencia que ofrece el nuevo documento son:
- Las viviendas de nueva construcción, deberán obtener una calificación energética mínima “D”.
- Las rehabilitaciones de edificios antiguos también tendrán que cumplir las exigencias del nuevo CTE, exigiéndoles como mínimo una calificación “D” en la mayoría de los casos.
- Las nuevas oficinas o naves, deberán obtener una calificación mínima “B”.

Estos cambios tendrán que ser de obligado cumplimiento a partir de Marzo de 2014. Con ellos, avanzamos en garantizar que los edificios del futuro reduzcan su impacto sobre el cambio climático, minimicen su consumo energético y garanticen cierta calidad de vida,  y así poder cumplir con los requisitos establecidos por la Unión Europea de cara a 2020.


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